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| Fecha | 27-10-2023 |
|---|---|
| Comisión | Comisión de Cultura, Turismo y Deporte |
| Tipo | |
| Asiste | |
| Votación | SI 8 (1 UPLSY+1 MIXTO+ 6 PSOE)/ NO 10 ( 7PP+ 3 VOX)/ ABST 0 |
| Total votación | 18 |
| Resolución | Rechazada |
Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a realizar un estudio para el desarrollo de un plan integral que incluya una nueva catalogación, la protección, restauración y conservación de las tainas tradicionales del sur de la provincia de Soria, así como posibles nuevos usos y su promoción y puesta en valor como recurso turístico y económico para los municipios y localidades de la zona sur de la provincia de Soria.
| Fecha | 27-10-2023 |
|---|---|
| Comisión | Comisión de Cultura, Turismo y Deporte |
| Tipo | |
| Asiste | |
| Votación | SI 8 (1 UPLSY+1 MIXTO+ 6 PSOE)/ NO 10 ( 7PP+ 3 VOX)/ ABST 0 |
| Total votación | 18 |
| Resolución | Rechazada |

Sr. Consejero: ¿Va a dar la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte algún paso más en la recuperación del Palacio de los Hurtado de Mendoza de Almazán?

«Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a que, en el plazo más breve posible, destine la dotación económica necesaria para completar
la cuantía que se precisa para la restauración de la Iglesia de la Degollación de San Juan Bautista, en la localidad de Quintanilla de Nuño Pedro, para evitar así su deterioro progresivo y su posible derrumbe».

«Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a que, ante la acuciante situación de deterioro y abandono por la falta de conservación, custodia y protección por parte de los propietarios, poseedores o titulares de derechos reales del castillo de Caracena, sito en el municipio de Caracena, provincia de Soria, con el fin de evitar la ruina definitiva del inmueble declarado BIC, en aplicación de la
Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León:
1 – Se realicen los trámites necesarios para requerir con carácter de urgencia a los propietarios del citado monumento a realizar las tareas necesarias para su restauración y conservación a la que están obligados al ser un Bien de Interés
Cultural, tal como ordena el artículo 24.1 de la mencionada ley, informándoles de las ayudas disponibles para acometer esas intervenciones.
2 – Ordenar, en caso de que los propietarios no atiendan a este requerimiento en el plazo de seis (6) meses, su ejecución subsidiaria, tal y como indica el artículo 24.3 de la mencionada ley, en el caso de que.
3 – Se realicen los trámites necesarios para la aplicación del artículo 29.1 de la citada Ley 12/2002, procediendo a la expropiación de este Bien de Interés Cultural a sus propietarios una vez finalizados los trabajos de restauración, conservación y consolidación por parte de la Junta de Castilla y León de forma subsidiaria.
4 – Se redacte un plan director integral para la promoción de la villa de Caracena y sus monumentos, castillo de Caracena, atalaya de Caracena, Tolmos de Caracena y su entorno natural (cañón del río Caracena), incluyendo el yacimiento celtíbero-romano de Tiermes, la carrasca centenaria de Valderromán, el conjunto amurallado de Retortillo de Soria y los tramos del Sendero Ibérico Soriano GR-86 que discurren por los municipios y localidades próximas, y así dotar de servicios y recursos turísticos, culturales y económicos al noroeste de la provincia de Soria, para que sirvan de herramienta en la lucha contra la despoblación en una de las zonas más vaciadas de Castilla y León».

«Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a apoyar
económicamente, con la dotación presupuestaria necesaria, la mejora y ampliación
del punto de nieve de Santa Inés, a través de la ampliación sustancial de las pistas
esquiables, el incremento del número de plazas de aparcamiento de vehículos, la
instalación de cañones de nieve y la renovación del sistema de energía del que se
alimenta a través de una línea de tensión eléctrica, así como la construcción de una
balsa para poder acceder al agua».